¿Por qué es tan importante la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad? Última Parte

Una nueva columna especial por Mirna Longobucco con los temas importantes en materia de discapacidad.


Esta es la última entrega con respecto a los derechos adquiridos con la Convención sobre los Derechos de las Personas  con Discapacidad, en esta ocasión hablare sobre la vivienda.

No olvidemos que para tener todos estos derechos, debemos tener cumplimentado el CUD (Certificado Único de Discapacidad), que se otorga en cada jurisdicción, en donde vivimos, cabe aclarar un dato importante, nuestro DNI, tiene que coincidir la dirección con la localidad, en donde tramitaremos dicho documento.

También sabemos que nuestro país, es un Estado vinculante, se suscribió a esta Convención ,para cumplir ,lamentablemente, vos y yo, sabemos que, no es así, falta muchísimo .Vimos a lo largo de estas semanas, qué la mayoría de los artículos en donde se habla sobre salud ,inclusión ,accesibilidad ,educación, no se cumple con lo suscripto.

En este caso voy a hablar sobre vivienda, un tema muy álgido, en donde se puede llegar hasta malinterpretar su escrito, en el art.9 dice: ”a fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados partes adoptaran medidas pertinentes para asegurar el acceso de las Personas con Discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás…

Estas medidas, inclusión, identificación, eliminación de obstáculos y barreras de acceso aplicándose a: edificios y vías públicos, transporte e instalaciones exteriores e interiores como escuelas y viviendas, instalaciones médicas y ámbito laboral” (…), y en su art.28 dice…”asegurar el acceso de las personas con discapacidad a programas de viviendas públicas”…

Y sabiendo que es un Derecho Humano, fundamental, para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales, recordando que esta Convención tiene rango constitucional, en este caso lo suscribe en su art. 25 de nuestra Constitución.

Muy lejos estamos de cumplir, es muy triste saber que tenemos derechos al alcance y no se cumpla, a veces porque no sabemos de su existencia, otras porque la otra parte no sepa o no quiera decirnos…

Es esta mi posición, dar información, para obtener herramientas y empoderarnos, es esto sólo el comienzo de brindar todos los conocimientos para enfrentarse ante situaciones de no cumplimiento de políticas públicas que está al alcance de nosotros.

Por eso mi énfasis, en escribir continuamente que nuestro país, que es un Estado vinculante, tiene que cumplir con lo firmado.

Paulatinamente voy a estar escribiendo sobre cada ley, donde nos otorga más posibilidades de acceder a beneficios que, generalmente al desconocer, quedan en el camino nuestros derechos.

Finalizo con 2 frases que particularmente a mí ,me replanteo y llegó profundamente a mi corazón: 

“El no trabajar es, tal vez la mejor definición de lo que significa ser discapacitado” .Business Week.

“A menudo se considera que las personas con discapacidad no son aptas para la vida activa, son incapaces de realizar las tareas que exige el mercado de trabajo abierto o están mejor en entornos de protección como talleres protegidos”. Informe del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.

¡Nos vemos la semana próxima!

Mirna Longobucco.


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